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sábado, 27 de diciembre de 2014

El Tribunal Supremo (TS) tumba el pilar de la reforma laboral: los convenios no caducan

El TS tumba el pilar de la reforma laboral: los convenios no caducan

a- La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una primera sentencia que tumba el pilar de la reforma laboral de 2012, cuando consagró que los convenios no se podrían prorrogar de forma indefinida hasta que exista un nuevo convenio, sino sólo un año. Ponía así fin a la llamada ultra-actividad de los convenios.
blecido en su sentencia que, por el contrario, las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, “sea directamente o por remisión a lo establecido en el convenio colectivo de aplicación, tienen naturaleza jurídica contractual y por ello siguen siendo exigibles entre empresa y trabajador por el contrato de trabajo que les vincula, aunque haya expirado la vigencia del convenio colectivo”, según una nota de prensa difundida por esta Sala.

Esta resolución supone el primero de los pronunciamientos del Tribunal Supremo sobre el pilar de la reforma laboral del Gobierno del PP.

La Ley 3/2012 modificó el artículo 86-3 del Estatuto de los Trabajadores de modo que al año de finalizado un convenio colectivo sin nuevo acuerdo, se aplica el convenio colectivo de ámbito superior, si lo hubiere, en lugar de prorrogarse indefinidamente la vigencia de las cláusulas normativas del convenio colectivo (ultra-actividad) como anteriormente.

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