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lunes, 15 de febrero de 2016

RIESGOS PSICOSOCIALES. RESOLUCIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO: La inspección constata que existe por parte de los trabajadores una percepción de la existencia de una situación de estrés, a causa de las colindancias

viernes, 13 de febrero de 2015

Riesgos Psicosociales

El 4 de febrero Uso correos Almería recibió la resolución de la inspección de trabajo , sobre una denuncia que interpuso  meses atrás. Hoy quiero profundizar un poco en esta resolución, siempre en la humildad , de  un trabajador con pocos conocimientos en ley de prevención de riesgos laborales.
Después de salir en los medios de comunicación, parece ser que esta resolución no tiene importancia y yo opino que la tiene y mucho.
 En algún foro muchos parece vincular esta resolución con la provincia de Almería,como si los riesgos psicosociales solo afecta a un trabajador que denuncia.
No es así , afecta a todos los trabajadores de la empresa que desarrolla ese trabajo ,  por este motivo la inspección a dictado en su resolución,donde dice que  los riesgos psicosociales,  son según la inspección:
Aquellos aspectos del diseño,organización y dirección del trabajo y de su entorno social que puede causar daños psíquicos,sociales o físicos en la salud de los trabajadores. Ejemplos de riesgos psicosociales son, entre otros.

-Contenido del trabajo: monotonía , tareas sin sentido, fragmentación , falta de variedad, tareas desagradables,por la que se siente rechazo.
-Carga y ritmo de trabajo: carga de trabajo excesiva o insuficiente , presión de tiempo, plazos estrictos.
Viene algunos ejemplos más , pero con estos ya se entiende de sobra.
La inspección constata que existe por parte de los trabajadores una percepción de la existencia de una situación de estrés, a causa de las colindancias, la resolución viene mucho mas explicita.
Por todo esta argumentación , se debería convocar de urgencia la comisión estatal de salud laboral,para analizar esta resolución y adecuar las consecuencias de esta, para que los delegados de prevención sepan como actuar , porque dentro de sus competencias esta la de ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
No quiero terminar sin felicitar a mis compañeros de USO Correos Almería y Sipcte Usoc , por su labor de lucha por la seguridad de los trabajadores.

lunes, 30 de noviembre de 2015

BASTA DE TRABAJAR "A DESTAJO", PLANTA CARA A TU JEFE DE SECTOR

Por fin: Inspección regula el descanso en clasificación y reparto

Datos de la resolución de 
la autoridad laboral por denuncia 
del sindicato SiPcte-Correos

Informe de fecha 9/11/15
del Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Explicación de este informe
(de cada 50 minutos, 10 de descanso)

No todo es trabajar y trabajar. 
También hay periodos de descanso. 
Ya en abril de 2014, la Dirección de Correos
tuvo que establecer paradas, pausas y descansos
en el reparto que hábilmente escondió. Hemos
tenido que acudir nuevamente a Inspección para
conseguir un informe de la autoridad laboral
donde especifique claramente lo siguiente:

De cada hora efectiva de trabajo, 
10 minutos serán de descanso. 
O lo que es lo mismo, cada 5 minutos
descansaremos 1. 

Este informe tiene un gran valor, pero quedará en 
papel mojado si cada uno de nosotros no se 
conciencia, cambia el “chip” y descansa el tiempo 
establecido por la autoridad laboral. normal.


Inspección de Trabajo ordena a Correos que para cada hora de cualquier tarea que suponga movimientos repetitivos (clasificación, embarriado, embuzonado…), se realice al menos 10 minutos consecutivos de inactividad, es decir, que los carteros tenemos derecho a pausas y descansos.
El mencionado informe concluye que parte de las tareas desempeñadas suponen un riesgo para la salud.

  • Adopta posturas forzadas con la extremidad superior derecha, además de no poder apoyarla (tiene que soportar su propio peso) a la vez que ejecuta movimientos repetitivos, especialmente durante las tareas de clasificación de correo, tanto sobre la mesa como en los casilleros.
  • En cuanto a la ejecución de movimientos repetitivos, la trabajadora está expuesta durante 35 minutos en la clasificación de correo sobre la mesa y 25 minutos en la clasificación de correo en casilleros. Para tareas repetitivas se considera que, para cada hora de tarea repetitiva, al menos 10 minutos consecutivos tienen que ser pausa de trabajo repetitivo, en que los grupos de músculos implicados en la tarea estén básicamente inactivos o, que la relación trabajo/pausas sea en una proporción de 5:1 entre el tiempo de trabajo y los periodos de recuperación. Condición que se cumple.
  • En cuanto al brazo izquierdo, mantiene una postura estática mientras sujeta el correo que va clasificando con la mano derecha, siendo una postura forzada de supinación con el antebrazo.
  • Durante la ejecución de las diferentes tareas habitualmente mantiene una postura de flexión >20º con el cuello y reiteradamente flexiona y gira el tronco.
Por otro lado, durante toda la jornada laboral está constantemente cogiendo y manipulando cartas y correo en general, de manera conjunta en individual, consiguientemente de forma continua realiza sujeciones con pinza, especialmente con la mano derecha, sobre todo en las tareas que se efectúan antes de salir a repartir el correo.

El informe concluye que, la empresa debe adaptar el puesto de trabajo a las condiciones de especial sensibilidad que presentan los trabajadores para realizar las tareas habituales del puesto de trabajo. ue los carteros tenemos derecho a pausas y descansos. 
¡Planta cara a tu jefe de Sector!