Por fin: Inspección regula el descanso en clasificación y reparto
Inspección de Trabajo ordena a Correos que para cada hora de cualquier tarea que suponga movimientos repetitivos (clasificación, embarriado, embuzonado…), se realice al menos 10 minutos consecutivos de inactividad, es decir, que los carteros tenemos derecho a pausas y descansos.
El mencionado informe concluye que parte de las tareas desempeñadas suponen un riesgo para la salud.
- Adopta posturas forzadas con la extremidad superior derecha, además de no poder apoyarla (tiene que soportar su propio peso) a la vez que ejecuta movimientos repetitivos, especialmente durante las tareas de clasificación de correo, tanto sobre la mesa como en los casilleros.
- En cuanto a la ejecución de movimientos repetitivos, la trabajadora está expuesta durante 35 minutos en la clasificación de correo sobre la mesa y 25 minutos en la clasificación de correo en casilleros. Para tareas repetitivas se considera que, para cada hora de tarea repetitiva, al menos 10 minutos consecutivos tienen que ser pausa de trabajo repetitivo, en que los grupos de músculos implicados en la tarea estén básicamente inactivos o, que la relación trabajo/pausas sea en una proporción de 5:1 entre el tiempo de trabajo y los periodos de recuperación. Condición que se cumple.
- En cuanto al brazo izquierdo, mantiene una postura estática mientras sujeta el correo que va clasificando con la mano derecha, siendo una postura forzada de supinación con el antebrazo.
- Durante la ejecución de las diferentes tareas habitualmente mantiene una postura de flexión >20º con el cuello y reiteradamente flexiona y gira el tronco.
Por otro
lado, durante toda la jornada laboral está constantemente cogiendo y
manipulando cartas y correo en general, de manera conjunta en
individual, consiguientemente de forma continua realiza sujeciones con
pinza, especialmente con la mano derecha, sobre todo en las tareas que
se efectúan antes de salir a repartir el correo.
El informe concluye que, la empresa
debe adaptar el puesto de trabajo a las condiciones de especial
sensibilidad que presentan los trabajadores para realizar las tareas
habituales del puesto de trabajo. ue los carteros tenemos derecho a
pausas y descansos.
¡Planta cara a tu jefe de Sector!
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