El pasado 10 de septiembre de
2015, en el centro de trabajo de Tejería fue despedida y apartada del ciclo de
empleo para siempre, nuestra compañera eventual María Jesús. El Jefe de Sector
junto con el Jefe de Equipo como único testigo, hicieron entrega de un documento, firmado en Bilbao el 8 de septiembre del 2015
por la Directora
Territorial de la
Zona II por el que se
le comunicaba su decaimiento de las dos bolsas de contratación en las que estaba inscrita: “teniendo en cuenta los informes emitidos por
los responsables de la unidad y centro de trabajo en los que Ud. ha prestado
servicios, esta Dirección de Zona ha decidido evaluar negativamente su
prestación de servicios en Correos, lo que ha supuesto su decaimiento de las
Bolsas de Empleo en las que estaba inscrito, A
continuación se indican los hechos que le son imputables, así como los incumplimientos
protagonizados por usted en el desempeño del servicio que le ha sido encomendado los cuales se constatan
en los mencionados informes:
-La pérdida de los envíos xxxxxxxxxx
y xxxxxxxxxxxxxx a Ud encomendados sin
explicación justificada
- Incumplimiento de horario.
- Bajo rendimiento constante sin que se observe un
progreso en el tiempo ni actitud de mejora”
la Directora Territorial
continuaba diciendo que: “los hechos mencionados, cuya responsabilidad le es
imputable, son constitutivos de una grave ausencia de la diligencia debida y
compromiso mínimamente exigidos en la prestación del servicio, lo que ha
afectado negativamente a la prestación del servicio en su Unidad y ocasionado
perjuicio a los responsables y compañeros.
Asimismo, de esta incidencia se informa a la comisión de Empleo Provincial según
lo dispuesto en el III Convenio Colectivo y en el anexo correspondiente al
ingreso y ciclo de empleo”
El día 23 de septiembre
2015 nuestra compañera presentó
alegaciones a una decisión de la Directora territorial que consideraba injusta y denuncia la indefensión de no conocer el contenido exacto de los tres informes
emitidos por la jefatura:
“…Teniendo en cuenta este escrito de alegaciones en el
que manifiesto la
poca objetividad y falta de acreditación de los hechos
por los que se me evalúa
negativamente en el ejercicio de mi trabajo, SOLICITO:
Reconsidere su decisión anulando mi decaimiento de las
bolsas.
Sin otro particular, le saluda aténtame,
El día 26 del mismo recibe la
respuesta de esta confirmando, por segunda vez, la firmeza de la resolución:
“…En cuanto a los informes que alude. vienen todos
ellos suscritos por tres
responsables diferentes de la Jefatura Provincial.
de manera que el procedimiento otorga suficiente garantía de imparcialidad y
objetividad…”
Por el escrito de la Directora Territorial
pudiera parecer que Mariaje es un caso perdido de irresponsabilidad y que, a los
sufridos responsables de la unidad, cansados de darle tantas
oportunidades, no les ha quedado otro remedio que “informar a su superiores”. Nada
de eso, María Jesús fue evaluada con tan
solo 10 días de experiencia en reparto (un contrato de tres días en marzo y
otro entre el 1 y 10 septiembre del 2015). Para el día 8 de septiembre (fecha
de la carta de despido) ya estaban “acordados” los informes que han servido
para dar el maquillaje legal a esta decisión tomada, seguramente, mucho antes,
en marzo ( extravío dos certificados), cuando esta mujer, con 12 años de
experiencia como orientadora laboral, social y psicólogo, acogiéndose al
derecho “ a no declarar en su contra”, se negó a redactar y firmar en un folio
en blanco que le ofrecía la Jefatura, su autoinculpación por la desaparición de
dos certificados de su sección.
En cuanto a los hechos que le
imputan decir que; Mariaje extravío dos
certificados cuando solo tenía dos días de experiencia como repartidora,
en un barrio nuevo, recargada y sin saber siquiera diferenciar los diferentes tipos de envíos que trabajamos,
no es de extrañar que, sin darse cuenta, los “buzoneara” llegando a su destino sin
repercusión para el servicio.
La imputación de “incumplimiento
del horario” creo que, simplemente, no
se corresponde con lo ocurrido. Varios compañeros somos testigos de que Mariaje
cumplía, todos los días, “generosamente” con el horario.(cuando nos íbamos a
las 15:10 ella seguía trabajando)
Tampoco podemos estar de
acuerdo con la afirmación de “Bajo
rendimiento constante sin que se observe un progreso en el tiempo ni actitud de
mejora” afirmación que, no nos parece ni
justa ni objetiva y sin darle un minimo tiempo de adaptación al puesto(13 días en dos mese repartidos en dos contratos de 3 días en el distrito 2 y
10 días en el distrito 13).
Por si fuera poco en la carta
de despido entregada a Mariaje y sin saber el fundamento de tal
afirmación, se menciona un “perjuicio ocasionado a los compañeros” (“ lo que ha afectado
negativamente a la prestación del servicio en su Unidad y ocasionado perjuicio
a los responsables y compañeros.”), afirmación esta que, creemos algunos, nos obliga a desmentir.
La conclusión final es que, no
parece que Jefatura de Tejeria, la Directora Territorial
y miembros de la
Comisión Provincial de Empleo (quienes fueron informados
previamente) sean conscientes de que detrás de esta incidencia (”… de
esta incidencia se informa a la comisión de Empleo..”), está una persona, una mujer, una vida, una familia y unas necesidades que se ven
afectadas muy gravemente por estas “valoraciones” injustas y desproporcionadas.
Que levante la mano quien no
haya extraviado algún certificado, no haya cometido una falta de puntualidad a
la entrada o en la salida.
No debiéramos permitir que
este tipo de actuaciones crueles e injustas sean aceptadas como normales en los
centros de trabajo. No, al menos, sin una RESPUESTA SOLIDARIA de los
trabajadores que aún creemos en la dignidad humana.
¡ solidaridad con MARIAJE!
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