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"...Absurdo suponer que el paraíso
Es sólo la igualdad las buenas leyes
El sueño se hace a mano y sin permiso
Arando el porvenir con viejos bueyes..."

(Silvio Rodríguez)

"La solidaridad es la ternura de los pueblos"

(Gioconda Belli)




lunes, 5 de marzo de 2012

ENFERMAR NO ES UN DELITO

El pasado día 3 febrero 2012, a petición nuestra, tuvimos una asamblea con los sindicatos de la que ya os hemos informado. Entre otras propuestas, decidimos organizar una pitada al médico que la empresa ha contratado para controlar las bajas por enfermedad. Aprovechando los 20 minutos del almuerzo, hemos sido capaces de organizar una huelga. Por ley, hay que formar un comité de huelga. Cinco personas dieron sus nombres y tuvieron que ir a reunirse con el jefe de recursos humanos de zona dos veces, la primera para explicar el por qué de la huelga, la segunda para escuchar la propuesta de la empresa para desconvocarla, propuesta que se llevó a la asamblea y fue desestimada.
 Con los pocos medios con los que contamos, tuvimos que usar el “boca-oreja” para comunicarnos con el resto de empleadas/os de Donostia, a quienes invitamos a unirse al paro.
 Resultado de todo esto fue que el día 28 de febrero conseguimos reunirnos alrededor de 75 personas y organizar una buena pitada como medio para expresar nuestro disgusto por algunas de las actuaciones del médico.
 Además de la participación en la huelga en sí, que consideramos un éxito, hemos conseguido otra cosa: saber que somos capaces de reunirnos, de debatir y de pelear por nuestros derechos, algo muy importante de cara a los problemas que se nos avecinan.
 Todo esto no hubiera sido posible sin la participación de los sindicatos, que mantuvieron la unión sindical y nos ayudaron aportando sus conocimientos legales, acudiendo a las reuniones con la empresa como co-convocadores de la huelga y aportando los medios de que disponen.
  También queremos tener un agradecimiento especial hacia algunas contratadas que, pese a su precaria situación laboral, participaron activamente en la organización del paro
 Os animamos a todas las carterías de la provincia a debatir sobre nuestros problemas, y a estar en contacto ya que la unidad es una de las pocas armas que tenemos para defendernos de la que se nos viene encima.
Un saludo


Email contacto: ur1_tejeria@ya.com

domingo, 4 de marzo de 2012

acuerdo asamblea de trabajadoras y trabajadores de la cartería de Tejería de Correos de Donostia

Debido a la sensación de malestar que por diversos temas había en la UR1 de Donostia, el pasado mes de enero emplazamos a los sindicatos a que pidieran una asamblea con el fin de poder debatir sobre cuestiones que nos preocupan. Y mucho.
 Acudieron representantes de todos los sindicatos y aproximadamente el 80% de la plantilla. La asamblea fue muy participativa y el tiempo del que disponíamos resultó insuficiente, por lo que las carteras/os de la UR1 nos hemos reunido otras tres veces aprovechando el tiempo del almuerzo.
Solo el hecho de haber conseguido juntarnos y debatir sobre nuestros problemas nos parece muy importante y queríamos compartir con otras carterías esta experiencia, así como las decisiones que hemos tomado.
·        El primer punto a debate fue la amenaza de amortización de un buen número de puestos de trabajo debido al calendario de estudios de dimensionamiento en Gipuzkoa.  Decidimos que nuestra postura debería de ser la de olvidar la forma de trabajar ¨a destajo” y empezar a trabajar a ritmo normal dando un servicio de calidad en las notificaciones, la IPC, etc, sin entrar antes de la hora y respetando los 20 minutos del almuerzo. De ésta manera se verá el tiempo que realmente necesitamos para hacer bien nuestro trabajo. Se trata de defender el mayor número de puestos de trabajo. Se lo debemos a nuestras compañeras y compañeros eventuales, de sábados, etc. que ven peligrar su empleo.
·        El segundo punto fue la preocupación del personal laboral sobre su futuro y se habló de  mas transparencia en la contratación y que se hagan publicas las bolsas de empleo.
·        El tercer punto fueron las quejas sobre la actuación del médico que la empresa ha contratado para controlar las bajas por enfermedad. Se comentó que su comportamiento es abusivo y que llega al mal trato, especialmente con las funcionarias /os y que deseamos expresar nuestra queja, para lo que se ha decidido convocar, junto con la representación sindical de Gipuzkoa, una hora de huelga el día 28 de febrero de 9:40 a 10:40. Unido a los 20 minutos del desayuno pensamos que nos puede dar tiempo suficiente para que nos podamos acercar a Urdaneta desde todos los puestos de trabajo de Donostia y hacer oír nuestra opinión.
Invitamos al resto de las carterías a que se unan a nuestras propuestas.   Y concretamente  sobre el punto tercero, a quienes, por proximidad puedan acercarse a la C/Urdaneta en Donostia el día 28 a las 9:40 horas se acerque en defensa del derecho a enfermar que deberíamos tener todas y todos quienes trabajamos en Correos.

En Donostia a 23 de febrero de 2012

martes, 22 de junio de 2010

INCUMPLIMIENTO ACUERDO COBERTURA 1997

FECHA: 22/06/2010 DE: LOS ABAJO FIRMANTES A: JEFE DE DISTRIBUCION DE DONOSTI ASUNTO: RECARGOS ANTECEDENTES: En nuestro anterior escrito enviado a través de registro 451 de 18/06/10 pedíamos no solo confirmación de la orden verbal anteriormente sino que a la vez le pedíamos que nos la motivara y nos resolviera la formulas para conciliar la entrega de los objetos postales y usted en su confirmación de la orden numero registro 46121/06/10 no nos resuelve ni uno ni otro. Confirmar nuestra opinión en cuanto a la ilegalidad de la orden dada que es contraria al acuerdo de cobertura de julio del 1997 entre Trabajadores; sindicatos y Jefatura de Zona en el que fija en 4 el numero máximo de no coberturas para el mes de Junio. la LEY 24/1998, de 13 de julio, servicio postal universal y liberalización de los servicios postales en su articulo 17.2 acota los parámetros de calidad en cuanto a frecuencia de reparto y dice; ” En todo caso, se exigirá, al menos, una recogida en los puntos de acceso que se determinen y una entrega en la dirección postal de cada persona física o jurídica, todos los días laborables y , como mínimo, cinco días a la semana”. esta misma ley en si articulo 19.C) recoge “El derecho a entregar notificaciones de órganos administrativos y judiciales, con constancia fehaciente en su recepción y en consonancia con lo que marca la ley de procedimiento administrativo en cuanto a la efectividad de los intentos de entrega. La respecto de estos dos artículos de la ley postal queremos manifestar que con una situación de recargo en un distrito de extrarradio no nos hacemos responsables del incumplimiento de las dos normas anteriores no podemos garantizar ni el reparto diario de la sección ni garantizar que no haya invalidaciones al respecto de los intentos de entrega. Por otro lado en su articulo16.4.b obliga al operador a “Prestar el servicio, sin discriminación alguna entre los usuarios que se encuentren en condiciones análogas” pues bien queremos manifestar nuestra preocupación situación de marginalidad desde el punto de vista postal que se esta repitiendo año tras año en el extrarradio Donostiarra que se define por estar en continuo crecimiento y que con la utilización abusiva de los recargos que se esta haciendo no ayuda en nada.

jueves, 26 de febrero de 2004

La Audiencia obliga a Correos a hacer fijos a 12.000 interinos EP

La Audiencia obliga a Correos a hacer fijos a 12.000 interinos
EP
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La Sala Social de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que obliga a Correos a convertir en fijos a los empleados que mantengan contratos de interinidad por vacante por un tiempo superior a tres meses, según ha informado hoy la Unión Sindical Obrera (USO), que estima que la medida afecta a 12.000 trabajadores en toda España.
Según la sentencia, emitida por la Audiencia el pasado día 5, estos empleados quedan además exentos de realizar las pruebas selectivas convocadas por el operador postal público para proveer plazas de personal laboral fijo.
Correos es una de las empresas con mayor número de trabajadores de España, con una plantilla de 63.186 empleados, de los que 41.253 son funcionarios y los 21.933 restantes personal laboral, según datos de la empresa de 2002, los últimos disponibles.
Demanda de la USO
El fallo de la Audiencia es consecuencia de la demanda promovida por USO contra Correos con el fin de que reconociera como fijo de plantilla a todo el personal laboral con contratos de interinidad por vacante de más de tres meses en sus distintas modalidades, en cumplimiento del Real Decreto de 18 de diciembre de 1978 que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
El sindicato defiende que, en virtud de esta normativa, un contrato de interinidad de una duración superior a tres meses debe convertirse en fijo, con la única excepción de los trabajadores eventuales de la Administración General del Estado.
No obstante, USO considera que Correos no forma parte de la Administración desde que en junio de 2001 se convirtió en sociedad anónima "de carácter mercantil y privado".
En este sentido, la sentencia argumenta que en virtud de la ley por la que Correos se convirtió en sociedad anónima, el operador debe regirse por el derecho laboral para abordar la contratación de todo el personal que necesite.
No obstante, el fallo determina que Correos ha continuado celebrando "infinidad" de contratos temporales de interinidad por vacante "con duración superior a tres meses basándose en lo establecido en su convenio colectivo".
'Ilegal' su inclusión en el convenio
No obstante, la Audiencia considera "ilegal" el hecho de que el convenio colectivo de Correos permita el contrato de interinidad sin duración determinada, en virtud del principio de jerarquía normativa, que sitúa el Estatuto de los Trabajadores por encima del convenio del operador.
Por ello, la Audiencia declara "fija la relación laboral de todos los trabajadores con contrato de interinidad por vacante por tiempo superior a tres meses en la empresa Correos y que las plazas ocupadas por dichos trabajadores no pueden formar parte de la consolidación de empleo temporal que está desarrollando, debiendo quedar exentos de realizar las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo".
Fuentes de Correos, infohan informado que el operador ha recibido ya la sentencia, que actualmente estudia para tomar las decisiones oportunas.
Contra este fallo cabe recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en los diez días hábiles después de recibir la sentencia.